Aprueba el Senado el Registro de Vehículos Blindados

Obligan a quienes fabriquen, ensamblen o blinden vehículos en el territorio nacional, a asignarles un número de identificación vehicular para que sea un elemento de verificación a las autoridades.

Luego de que la Cámara de Senadores aprobara reformas al artículo 13 la Ley del Registro Público Vehicular (Repuve) para evitar el anonimato en la compra y utilización de autos blindados, con lo que se pretende impedir su uso con fines delictivos y dar paso a la creación del denominado «compendio registral», la Asociación Mexicana de Blindadores de Automotores (AMBA), respalda la medida al asegurar que esta dinámica reforzará a la industria legalmente establecida, dará certeza a sus clientes y transparentará la información a las autoridades.

El Senado de la República aprobó reformas a la ley del Repuve que obligan a quienes fabriquen, ensamblen o blinden vehículos en el territorio nacional, a asignarles un número de identificación vehicular para que sea un elemento de verificación en el citado registro, de acuerdo a la norma oficial respectiva.

Los legisladores de la Cámara Alta aseveraron que la comercialización de los automotores nuevos blindados alcanza ventas importantes, incluso su valor como usados o seminuevos rebasan hasta el 40% en el mercado. Además, el 80% de los compradores son particulares cuyo objetivo principal es protegerse de ataques de la delincuencia en los rubros de secuestro y robo a mano armada.

De acuerdo con información de la AMBA, cabe apuntar que para respaldar al dictamen correspondiente, los senadores tomaron en cuenta que la venta de autos blindados se incrementó 20% en 2011.

Los senadores establecieron como viable modificar la Ley del Registro Público Vehicular para crear un compendio registral que sistematice los datos de los usuarios de autos blindados, sin que ello implique generar nuevas estructuras administrativas, ni gastos operativos que incidan en la disponibilidad presupuestaria.

El auto tendrá que portar una placa especial de identificación que indique dónde se compró, cuánto tiempo ha transcurrido desde la adquisición y cuál empresa lo vendió.

Los blindadores no tienen la obligación de preguntar qué hace o quién es el cliente, pero el solo hecho de reportar toda la información a la SSPF aleja los delincuentes de estos servicios, pues saber que la información del contratante (datos para facturación, identificación, domicilio, etc.) y del vehículo (nivel de blindaje y características principales) quedarán registradas, ha servido de filtro.

Elizabeth Albarrán en EL Financiero

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